Sistema de gobierno corporativo
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- Organigrama de la Junta Directiva
- Actuaciones de la Junta Directiva
- Comités subordinados a la Junta Directiva
- Actuaciones del Órgano de Auditoría
Comités subordinados a la Junta Directiva
Dentro de la Junta Directiva de Hyosung Heavy Industries operan tres comités, que son el Comité de Auditoría, el Comité para la Nominación de Candidatos para Directores Externos y el Comité de Administración.
La existencia del Comité de Auditoría y del Comité para la Nominación de Candidatos para Directores Externos viene impuesta por la Ley.
El Comité de Administración ha sido creado con el propósito de dar una respuesta flexible a las actuales circunstancias empresariales, que se caracterizan por su dinamismo y mutabilidad, así como para reforzar la especialización, independencia y eficacia de la Junta Directiva, sometiéndose a debate y votación en su seno, de entre aquellos asuntos que son de la competencia de la Junta Directiva, cuestiones tales como la política de administración de la empresa y asuntos relativos a inversiones, así como las cuestiones delegadas por el Reglamento de la Junta Directiva.
Comité de Administración
- Especialización
- Independencia
- Eficacia
Actuaciones de los comités subordinados a la Junta Directiva
Nombre de comité | Composición | Principal papel de comité | 2023 Actualidades de administración |
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Comité de administración (3 miembros en total) |
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53 sesiones |
Comité de recomendación de candidatos directores exteriores (3 miembros en total) |
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1 sesiones |
Comité de auditoría (3 miembros en total) |
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6 sesiones |
- Los miembros mencionados fueron nuevamente designados en la reunión de junta directiva de marzo de 2024
Competencias y funcionamiento de los comités
Artículo 34 (Los Comités)
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1. La compañía constituye los siguientes comités dentro de la Junta Directiva.
- Comité para la Nominación de Candidatos para Directores Externos
- Comité de Auditoría
- Comité de Administración
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2. La compañía puede constituir distintos comités además de los incluidos en el número (1) para llevar a cabo una administración eficaz de la empresa y el buen funcionamiento de la Junta Directiva, mediante resolución de la Junta Directiva.
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3. Los detalles sobre la composición, competencia y funcionamiento, etc. de cada comité serán establecidos por resolución de la Junta Directiva.
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4. Los comités deberán informar a la totalidad de los directores sobre todos aquellos asuntos en los que hayan resuelto En este caso cada director, dentro de los 5 días siguientes a la notificación que le hubiera sido realizada, podrá solicitar la convocatoria de la Junta Directiva a la persona competente para ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.2, pudiendo la Junta Directiva revisar lo resuelto por el Comité respectivo y adoptar la decisión que proceda.
Artículo 35 (El Comité para la Nominación de Candidatos para Directores Externos)
- 1. La compañía constituye el Comité para la Nominación de Candidatos para Directores Externos con la finalidad de nominar candidatos para directores externos.
- 2. El Comité para la Nominación de Candidatos para Directores Externos se compondrá de un mínimo de dos candidatos y más de la mitad de sus componentes deberán ser directores externos.
- 3. El Comité para la Nominación de Candidatos para Directores Externos deberá elegir al miembro representativo del Comité de conformidad con el criterio establecido en el apartado anterior.
- 4. Para la válida adopción del acuerdo del Comité para la Nominación de Candidatos para Directores Externos será necesaria la concurrencia de la mayoría de sus miembros, de los cuales la mayoría deberá votar a favor del acuerdo.
Artículo 36 (El Comité de Auditoría)
- 1. El Comité de Auditoría se compondrá de más de 3 directores, dos tercios de los cuales deberán ser directores externos.
- 2. El Comité de Auditoría deberá elegir al miembro representativo del Comité de conformidad con el criterio establecido en el apartado anterior y, en su caso, podrá decidir que sean varios los miembros representativos.
- 3. Para la válida adopción del acuerdo del Comité de Auditoría será necesaria la concurrencia de la mayoría de sus miembros, de los cuales al menos dos tercios deberán votar a favor del acuerdo.
- 4. El Comité de Auditoría se ocupará de la auditoría sobre la contabilidad y negocio de la compañía, así como de los asuntos impuestos por la Ley y de aquellos otros que le sean delegados por la Junta Directiva.
Artículo 37 (El Comité de Administración)
- 1. La compañía constituirá el Comité de Administración compuesto por directores ejecutivos.
- 2. El Comité de Administración deberá elegir al miembro representativo de acuerdo con el criterio establecido en el apartado anterior y, en su caso, podrá decidir que sean varios los miembros representativos.
- 3. Para la válida adopción del acuerdo del Comité de Administración será necesaria la concurrencia de la mayoría de sus miembros, de los cuales la mayoría deberá votar a favor del acuerdo.
- 4. El Comité de Administración se ocupa de los asuntos que le sean delegados por la Junta Directiva en relación con la administración de la compañía.
Artículo 38 (Asesor, Consejero)
- 1. Se podrá nombrar Asesor o Consejero de conformidad con el acuerdo adoptado por la Junta Directiva o por el Comité delegado por la Junta Directiva.
Artículo 39 (Gerente)
- 1. Se podrá nombrar Gerente de conformidad con el acuerdo adoptado por la Junta Directiva o por el Comité delegado por la Junta Directiva.